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Recurso directo ante la Corte Suprema de Justicia

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La Caja Forense de la Segunda Circunscripcion Judicial de la Provincia de Santa Fe interpuso un recurso directo ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos caratulados Nuevo Banco de Santa Fe contra Vespuccio Alberto Domingo sobre Juicio Ejecutivo, expediente 000093/2021-00. Con dicho recurso, la Institución ha llevado hasta el máximo Tribunal de la Nación la defensa de los honorarios de los abogados y procuradores de la provincia de Santa Fe respecto de la aplicación temporal del JUS.

En la pieza recursiva, se planteó que el JUS, conforme establece el artículo 32 de la ley 12.851, debe ser aplicado hasta el momento del pago. Este planteo se realizó cuestionando el criterio de aplicación temporal que postuló la Corte de Suprema de Santa Fe en el caso Municipalidad contra Bergagna.

Caja Forense expuso en el planteo varios agravios constitucionales. La vigencia de la ley 27.423 (ley nacional de honorarios), que establece la aplicación de la Unidad de Medida Arancelaria (UMA) hasta el momento del pago, es un hecho sobreviniente y posterior al fallo de la Corte santafesina, cuyos argumentos han sido superados por la sanción de dicha normativa.

Se sostuvo que el artículo 51 de la ley nacional de honorarios, que es idéntico al artículo 32 de la ley 12.851, ha creado un régimen especial que se encuentra excluido de la aplicación de la ley 23.928 y del artículo 772 del Código Civil y Comercial de la Nación.

Por otro lado, se argumentó que con la decisión de no aplicar el JUS hasta el momento del pago, además de vulnerarse los derechos constitucionales de propiedad (artículo 17) y de trabajar y ejercer industria licita (artículo 14), también se violenta el principio de igualdad (artículo 16) de los abogados y procuradores de la provincia de Santa Fe. Esto último, dado el hecho de que, mientras que un profesional del derecho que litigara en las distintas circunscripciones judiciales provinciales y bajo el amparo de la ley 12.851 no tendrá derecho a mantener la intangibilidad de sus honorarios, sí lo tendría un abogado que ejerce su profesión en el ámbito nacional (Justicia federal) por aplicación de la ley nacional de honorarios. A igualdad de protección y de derechos (alimentarios) distinto es el tratamiento.

Este planteo recursivo ante la CSJN es el corolario de un trabajo ininterrumpido que viene realizando la Caja Forense en defensa del arancel de los abogados y procuradores con posterioridad al fallo de la Corte santafesina en agosto del 2017. Y que forma parte de uno de los pilares de la Institución.
 
Sin más, aprovechamos la oportunidad para saludar a Usted muy atentamente.
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