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Historia

 
 
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NUESTRA INSTITUCIÓN.

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CREACION
En la década del 40' comienza a gestarse la necesidad de crear una ley que contemple cuestiones relacionadas con la práctica profesional, sobre todo respecto a la tramitación de los juicios sucesorios. De esta manera, nace la idea de crear un ente con personería jurídica y autárquica encargado de tal fin.
El 24 de diciembre del año 1946 la Cámara de Diputados sanciona "El proyecto de ley de creación de la Caja Forense", que recién un año después obtiene sanción definitiva en la Cámara de Senadores. Así finalmente, es promulgada la ley 3.483 en fecha 4 de septiembre del año 1949.
Es dable mencionar un mensaje que envía la Junta Ejecutiva del Primer Congreso de Abogados y Procuradores al Senado, publicado en "Nuestra Revista" Nº 14, que nos ayuda a comprender cual era el espíritu de aquella época:
"La profesión no es un comercio sino una actividad que implica confianza personal o científica, en cuya virtud una persona se entrega en manos del profesional, que deberá cobrar lo que marca la ley de aranceles por motivos de interés público superiores al orden económico y análogo a los que determina la fijación de los salarios, el cierre del comercio, las vacaciones, etc y naturalmente más elevados que ellos en razón de los intereses espirituales, culturales y demás que tienen atenencia con la justicia".
La ley a la que hacemos referencia, se ha ido aggiornando a través del dictado de distintas leyes que le han permitido a la Institución continuar creciendo en servicio y en excelencia.

OBJETO
El objetivo de la Caja Forense conforme pueden desprenderse de la ley 4949 y sus modificaciones, reside en: Extender a los abogados y procuradores los beneficios de la seguridad social, la cooperación mutua, lograr la defensa y protección del honorario profesional.
 
Así es, la finalidad que persigue la Institución es la de ASISTIR a los afiliados a lo largo de sus vidas, ya sea:
 
A nivel profesional
En el conocimiento, interpretación y aplicación de la ley arancelaria con el fin de lograr justipreciar su labor abogadil en forma justa y razonable; y en caso de que la ley sea burlada, utilizar los remedios procesales necesarios para defender el trabajo profesional. La ley 6767 es una herramienta indispensable para la faena diaria, que les brinda a los jueces un parámetro al momento de regular, otorgando de esta manera previsibilidad para el profesional, para las partes, incluso para la comunidad. Es dable destacar, que los honorarios representan "el salario" de los profesionales del derecho. A partir de esta premisa podemos llegar a compremder la importancia y responsabilidad que recae sobre la institución.
 
A nivel previsional
La Institución tiene como fin la prevención, promoción y protección de la salud. Entendiendo a la salud desde una perspectiva individual como el buen funcionamiento biológico del organismo y la ausencia de enfermedades y también desde ámbito social, como explica la Organización Mundial de la Salud, que trasciende lo netamente individual para abarcar un estado completo de bienestar físico, mental y social.
La Caja Forense tutela al individuo en su aspecto personal, familiar, laboral y social.
 
MARCO NORMATIVO
El origen de la Caja Forense - Su razón de ser 
Las diferentes especificidades del ejercicio de cada profesión liberal generó la necesidad de crear sociedades intermedias, y organismos paraestatales, impulsada su creación por los mismos profesionales que previeron la necesidad de unirse para a través de los servicios y las intervenciones de estas Instituciones obtener una cobertura asistencial y tutelar la justipreciación de la labor profesional la que se verá reflejada en los honorarios regulados. De este modo, en fecha 4 de julio de 1949 mediante la ley 3.483 se da vida a la Caja Forense, como una entidad autárquica con personería jurídica, conforme las atribuciones del Estado Provincial no delegadas al Estado Central, en virtud del principio democrático de descentralización administrativa del poder de policía. 
El Sistema de gobierno adoptado en nuestra Carta Magna es Representativo, Republicano y Federal. Justamente este último  permite a los gobiernos provinciales darse sus propias instituciones locales y regirse por ellas mismas, eligiendo sus gobernadores, legisladores y funcionarios sin intervención del Gobierno Federal. El poder central esta delegado por las provincias hacia el gobierno Federal. Es por ello que las provincias conservan todo el poder no delegado por la Constitución al Gobierno Federal. 
La cambiante realidad generó la necesidad de adaptar o reformular las ideas fundantes, razón por la cual se fueron dictando distintas leyes, a saber:  Ley 4.250 (en el cual se amplían los propósitos esenciales de la ley anterior), 4.500, 4.949 y sus modificaciones 6.577, 6930 y 10.436, las cuales conforman el plexo nomológico que sustenta a la Institución. 
Cabe destacar que los propósitos esenciales de Caja Forense  se concentran en extender a los abogados y procuradores los beneficios de la seguridad social y cooperación mutua. (art. 1 ley 10436). 
 
Contenido Normativo
En las leyes mencionadas podemos encontrar la enumeración de las facultades y obligaciones de la Institución; como se forma el capital; los requisitos para ser afiliado y la inscripción; cuales son los derechos y las obligaciones de los beneficiarios; las sanciones,  procedimientos y recursos; como es la Administración: composición del Directorio, elección, renovación, atribuciones y deberes, elección del presidente, intervención; el tema de los Aportes a la Institución, la responsabilidad por evasión, la obligación de solicitar regulación, la facultad que tiene la Caja para intervenir en regulaciones, las excepciones a la obligatoriedad del aporte, fijación y porcentajes de aportes, cobro de aportes y honorarios.
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