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Artículo de doctrina de la Caja Forense sobre honorarios profesionales.

Estimado afiliado,

 

Le informamos que la Caja Forense de la Segunda Circunscripción de la Provincia de Santa Fe ha publicado recientemente en Editorial Zeus un artículo de doctrina titulado: “Análisis del fallo de la Corte Suprema de Justicia de la Provincia de Santa Fe ‘Municipalidad de Santa Fe c. Bergagna’ y sus alcances. Intereses moratorios sobre honorarios profesionales”. Dicho artículo puede consultarse haciendo clic aquí  y se puede acceder también al mismo desde la página web www.cajaforense.com.

 

En el presente artículo la Caja Forense sostiene la interpretación literal del artículo 32 de la ley 12.851 y por lo tanto que se debe actualizar el honorario profesional con JUS hasta el momento del pago.Más allá de ello, y como argumento subsidiario, postula que los jueces deben fijar intereses razonables y que mantengan la equidad de la regulación al momento de su cumplimiento tal como expuso la CSJSF en el caso “Municipalidad de Santa Fe c. Bergagna”, como también que se respete el alcance de interés moratorio que estableció la CSJSF en el caso “Olivera c. Municipalidad San Jorge” para el crédito del trabajador, crédito que tiene el mismo carácter alimentario que el honorario profesional.

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