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Nueva Ley de Honorarios para abogados, procuradores y auxiliares de la Justicia Nacional y Federal.

El Directorio de la Caja Forense de la Segunda Circunscripción de la Provincia de Santa Fe informa que recientemente el Congreso de la Nación sancionó la Ley Nacional de Honorarios para los abogados, procuradores y auxiliares de la Justicia Nacional y Federal. Esta norma (que puede descargarse haciendo clic aquí) resulta sumamente importante y beneficiosa para los abogados y procuradores que litigan en el Fuero Federal por distintas cuestiones.

 
En primer lugar, se instituye la Unidad de Medida Arancelaria (UMA), equivalente al 3 por ciento de la remuneración básica de un juez federal de primera instancia, para los honorarios. En el artículo 51, la ley establece que la regulación de honorarios deberá contener bajo pena de nulidad el monto expresado en moneda de curso legal y la cantidad de UMA que ésta representa a la fecha de la resolución. Y destaca que el pago será definitivo y cancelatorio únicamente si se abona la cantidad de moneda de curso legal que resulte equivalente a la cantidad de UMA contenida en la resolución regulatoria según su valor vigente al momento del pago.
 
Este texto del artículo 51 de la ley nacional es casi idéntico al artículo 32 de la ley de aranceles de la provincia de Santa Fe Nº 12.851.  Éste es un nuevo argumento que valida la interpretación literal que debe hacerse del artículo 32 de la ley 12.851,  en contrario a lo dispuesto en el fallo de la CSJSF “Municipalidad de Santa Fe c. Bergagna” del 1 de agosto del 2017.  
 
El Congreso Nacional ha sancionado una ley nacional que expresamente sostiene que la deuda de valor se actualiza hasta el momento del pago sin que esto contraríe la ley 23.928 ni el Código Civil y Comercial de la Nación.
 
En segundo término, en los artículos 22 y subsiguientes y en el artículo 52 de la ley se establece expresamente que a los efectos de la regulación se tendrán en cuenta los intereses que integrarán la base regulatoria. Este tema resulta sumamente importante ya que en muchos casos a los efectos de la base regulatoria sólo se tenía en cuenta el capital y no los intereses, lo que causaba un claro perjuicio a la integridad del honorario profesional del colega que litigaba ante el fuero federal.
 
Cabe destacar que, como se ha informado oportunamente, el Presidente de la Caja Forense de la Segunda Circunscripción, Dr. Lisandro Picasso Netri, asistió en junio pasado a una reunión con el Presidente de la Cámara Federal de Rosario, Dr. Guillermo Toledo. El encuentro fue organizado por el titular del Colegio de Abogados de la ciudad de Rosario, Dr. Hernán Raciatti, y también estuvieron presentes directores de la Caja de Seguridad Social de Abogados y Procuradores de la Provincia de Santa Fe.  El motivo de la reunión fue solicitar a la Cámara Federal de Rosario que se incluyan los intereses como integrantes de la base regulatoria al momento de regular honorarios. Más allá de que hubo una recepción positiva del planteo realizado, a partir de la entrada en vigencia de la nueva Ley Nacional de Honorarios esta cuestión quedará totalmente solucionada.
 
DIRECTORIO DE LA CAJA FORENSE DE LA 2DA. CIRCUNSCRIPCIÓN DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
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